Director General: Eduardo Goycoolea Nocetti. Subdirectora: Julieta E. Rocha Hernández.
martes , 21 septiembre 2021
Inicio » Opinión » NOM 001-Semarnat: ¡no hay vuelta atrás!

NOM 001-Semarnat: ¡no hay vuelta atrás!

Compartir es bueno:

ALICIA SALGADO. CUENTA CORRIENTE. EXCÉLSIOR

El anteproyecto de NOM-001-Semarnat-2021 contiene en sus transitorios tres elementos de temporalidad para realizar los cambios tecnológicos que permitan alcanzar, en un periodo de máximo cuatro años, los nuevos límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales, como demanda química de oxígeno, toxicidad y color para controlar contaminantes no biodegradables.

Aunque el CCE, que preside Carlos Salazar, acusó la semana pasada que la aprobación del NOM no tomó en cuenta la opinión técnica y económica de los regulados ni para fijar el plazo de implementación de la NOM y la entrada en vigor, el documento en cuestión establece:

1) que entra en vigor 60 días después de su publicación en el DOF; 2) para los parámetros y límites permisibles previstos en las tablas 1 y 2, así como el apéndice normativo (puestos de muestreo y formas de levantar las muestras) entrarán en vigor al inicio del trimestre inmediato al siguiente año de la fecha de su publicación, y 3) para los parámetros y límites permisibles de color verdadero y toxicidad aguda previstos en la tabla 1, que son el parámetro internacional más usado, entrarán en vigor al inicio del trimestre inmediato del cuarto año de la fecha de su publicación.

Podrían establecerse plazos de 10 años, pero si las empresas hoy no cumplen ni siquiera con la NOM de 1996, evidentemente hay una suerte de cinismo en la petición de tiempo, porque para cumplir las tablas 1 y 2, los cambios tecnológicos que se deben realizar requieren inversiones, pero pueden usar el incentivo de depreciación inmediata que está incorporándose en la miscelánea fiscal.

La preocupación la tienen aquellas industrias que saben que no han cumplido y se han amparado en estrategias de relaciones públicas para asegurar que cumplen.

La tabla uno y el parámetro de toxicidad (parámetro resumen) reúnen los requisitos mínimos para que la descarga no mate la vida, lo que debiera ocurrir con la tecnología DBO en plantas de tratamiento.

Si no es viable la vida en el agua que se descarga no se está limpiando ni separando el cloro, el carbono, las partículas sólidas, el carbono orgánico ni contiene suficiente oxígeno.

Lo que puedo asegurarle es que las conversaciones con la CFE, de Manuel Bartlett, y Pemex, de Octavio Romero, avanzan para que se establezcan metas anuales de cumplimiento con el fin de que toda la planta termoeléctrica y las plantas de tratamiento cumplan con los límites en un periodo máximo de cinco años.

Este sería el parámetro de inicio, porque la NOM en sí misma no es la que va a detener la degradación de los cuerpos de agua, sino la responsabilidad que asuma el sector privado para lograrlo.

Por lo que sabemos, hubo muchas discusiones y no se alcanzaba consenso porque cada actor y sector quiere un calendario particular y esta NOM debe ser el punto de partida para que se sienten los actores relevantes a conversar para cumplir, no para seguir pateando el bote, administración tras administración.

Compartir es bueno:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *